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0 bytes 0 Kb Información para el Inversor - Esteves y Córdoba - Negocios Rurales

Información para el Inversor

EL URUGUAY

Información para el Inversor La República Oriental del Uruguay lleva el nombre que le ha dado el Río Uruguay (Río de los pájaros en lengua guaraní), por encontrarse en la margen oriental del mismo río.

Ubicada al sur del continente sudamericano, rodeada de los dos más grandes países del continente: Brasil y Argentina.

La superficie total es de 176.215 kms2, lo que equivale a 18 millones de hectáreas, en gran porcentaje utilizables para la agricultura, ganadería y la forestación.

El suelo es muy rico y fértil, posee excelentes pasturas naturales, gracias a las precipitaciones que se dan todo el año, con un promedio de de 1.110 milímetros en el año.

El relieve se presenta suavemente ondulado, compuesto por dos sistemas: el de la Cuchilla Grande al Sur del Río Negro y el de la Cuchilla de Haedo al norte del territorio. El suave relieve propicia las aguadas naturales formadas por cañadas, arroyos, ríos y lagunas.

El Río Negro divide el territorio en dos, atravesándolo de Este a Oeste y es el río mas caudaloso del país. En todo el territorio abundan ríos y arroyos. Subterráneamente presenta otra gran riqueza: el Acuífero Guaraní. Este representa una de las mayores reservas de agua dulce mundiales. Como si esto fuera poco el agua termal corre por debajo de gran parte del norte del país dándole un atractivo diferente a la zona.

El clima es subtropical templado, lo que favorece el rápido crecimiento de muchas especies. Las temperaturas medias que varían de 6 a 32 grados centígrados de invierno a verano. En la zona sur posee influencia marítima. No existen temperaturas extremas, ni riesgo de catástrofes naturales como lo son las tormentas tropicales, movimientos de tierra, volcanes, tormentas de nieve, etc.

La producción del país es esencialmente ganadera. En los últimos años han aumentado las exportaciones cárnicas considerablemente gracias a la calidad de las mismas. También se realiza agricultura y ha tenido una expansión muy importante la forestación, basada en el Plan Nacional de Forestación. Existen muchas industrias principalmente vinculadas al sector primario.

Es un país cuyo campo presenta hermosos paisajes, lo que ha motivado una gran atracción a los visitantes, quienes han venido muchas veces motivados por un turismo de sol y playa, ya que existen 4.000 kms de costas sobre el Río de la Plata y Océano Atlántico y el balneario de mayor elite de Sudamérica: Punta del Este) y han quedado cautivados por la belleza del campo uruguayo en donde se respira libertad, y optaron por invertir en nuestro país.

Población: Son 3.130.500 habitantes, de origen fundamentalmente europeo. Existe un 1 % de descendientes de indígenas y africanos ( existió en tiempos de la colonia la esclavitud), los que aportan alegría y color con su música, al carnaval, etc.

El nivel de alfabetización que supera el 95%, lo que coloca a Uruguay con el mejor ÍNDICE de DESARROLLO HUMANO de Sudamérica.

COMUNICACIONES:

Posee importante puerto en Río de la Plata: Montevideo, y sobre el Río Uruguay los puertos de: Paysandú, Fray Bentos y Nueva Palmira, También es importante el puerto de - La Paloma sobre el Océano Atlántico. Están previstas importantes obras en lo relativo a los puertos que permitan la salida de los productos en forma fácil y económica.

Hay en Uruguay 17.000 kms de carreteras y caminos, puentes internacionales con la República Argentina, etc.

Existe una red de 3.000 kms de vías férreas que van hacia los puertos del interior y que finalmente hacia el puerto de Montevideo.

STATUS SANITARIO:

Es actualmente país libre de aftosa con vacunación y país libre del virus de la vaca loca, lo que ha aumentado sus exportaciones y los precios que obtiene por sus productos cárnicos.

SISTEMA FINANCIERO URUGUAYO:

La autoridad financiera máxima es el Banco Central del Uruguay, el que además de ser el regulador del sistema y autoridad monetaria, supervisa actividad de entidades financieras. También implementa la política cambiaria del país.

Luego de estar controlado el precio de las divisas extranjeras, a partir del año 2001 poseemos un sistema de libre flotación de divisas.

El Banco más vinculado al sector agropecuario es el BROU (Banco de la República Oriental del Uruguay), quien marca su papel preponderante con el otorgamiento de créditos agropecuarios.

Otro Banco estatal, BHU (Banco Hipotecario del Uruguay), es quien otorga préstamos vinculados a la construcción y a la vivienda.

Luego existen numerosos bancos privados: Santander, ABN AMBRO, BBVA Bank, Credit, etc.

POLÍTICA DE INVERSIONES:

Tradicionalmente se ha tenido especial cuidado en este tema y en el tratamiento igualitario para inversionistas nacionales y extranjeros.

Personas físicas: pueden ser, propietarias de inmuebles rurales y/o titulares de explotaciones agropecuarias.

Personas jurídicas: no rigen limitaciones para integrarlas ni en cuanto a los tipos societarios para adquirir inmuebles o ser o titulares de explotaciones agropecuarias. (Sociedades Colectivas, de Responsabilidad Limitada, En Comandita, Sociedades Anónimas).

Por la sencillez y facilidad de administración, las S.A. son la forma jurídica mas recomendable para la propiedad de inmuebles rurales y/o titularidad de explotaciones agropecuarias de cierto tamaño o por grupo de personas. Pueden tener: acciones nominativas o al portador.

Este punto ha sufrido modificaciones. La titularidad del derecho de propiedad de inmuebles rurales y explotaciones agropecuarias será de personas físicas o de sociedades cuyo capital esté representado por acciones nominativas pertenecientes a personas físicas.

La ARU ha firmado el presente compromiso con los cuatro candidatos presidenciables, entre ellos el Presidente. Dr. Tabaré Vázquez. quien fue electo posteriormente a la suscripción.

IMPUESTOS EN EL AGRO.

Índice CONEAT: Es un índice estructurado por el Ministerio de Agricultura y Pesca y la Comisión Nacional de Estudio Agro económico de la Tierra (CO.N.E.A.T.), que determina la capacidad actual de los suelos del país, evaluados en kilos de carne bovina. ovina y kilos de lana por hectárea de campo natural, cuyo promedio es el índice 100.

Este índice es tenido en cuenta para el pago de algunos impuestos.

La productividad (del punto de vista edafológico) se considera : la capacidad inicial del suelo para producir un cierto rendimiento por hectárea por año y que teóricamente se puede expresar como porcentaje del rendimiento optimo que se obtiene en el suelo que ofrece las condiciones más favorables bajo una tecnología definida.

I) Impuestos que gravan la explotación agropecuaria

El sistema ES OPTATIVO entre tributar I.R.A. e IMEBA (esto tiene mnodificaciones con el nuevo sistema tributario, vigente a partir del 1º de Julio de 2007).

1) I.R.A. (Impuesto a la Renta Agropecuaria)

Grava la renta real obtenida por el titular de la explotación agropecuaria.

Renta real: la ganancia neta de las explotaciones es decir la diferencia entre la ganancia bruta (ingresos) y los gastos de la explotación (Insumos, Sueldos y jornales, Gastos de administración, gastos para mantener la renta gravada).

Dentro de las Ganancias se incluyen los ingresos por arrendamientos. No se incluyen las ganancias por la venta de campos y sus mejoras, las cuales no están alcanzadas por este impuesto (sí por el impuesto a las transmisiones patrimoniales).

* En la agricultura, la ganancia bruta será la que resulta de deducir a las ventas efectuadas en el ejercicio el costo de las mismas, independientemente de que se hayan cobrado.

* En la ganadería, la ganancia bruta estará determinada por las ventas y las compras efectuadas en el ejercicio al costo de las mismas, independientemente de que se hayan cobrado.

Además la ganancia está determinada por las ventas y las compras efectuadas en el ejercicio más la variación del stock de ganado, no incidiendo en el cómputo el hecho de que stock haya aumentado de valor por variación del mercado.

El contribuyente tiene la obligación de facturar todas las ventas de productos agropecuarios: ganado, cereales, cueros, lana, cerdas, etc. La venta se considera realizada cuando el producto ha sido entregado o se ha prestado el servicio.

Deducciones: Para que los gastos puedan ser deducidos es obligación del contribuyente de documentar sus costos y gastos.

Se permite deducir totalmente las erogaciones que en sentido técnico son inversiones como lo son los ya mencionados gastos de ejercicio, realización de praderas, forestación y aguadas.

También se deducen las Amortizaciones del Activo Fijo y la retribución ficta del dueño o socio de sociedades personales.

¿Cómo funciona la opción de IRA?: (es modificado poor nueva ley)

El productor puede optar por tributar I.R.A.

* Devolución de IMEBA: todos los pagos (retenciones) efectuados durante el ejercicio por concepto de I.M.E.B.A. son considerados anticipos a cuenta del I.R.A.

* Si los pagos por concepto de IMEBA superaran el pago de IRA, opera una devolución del excedente, con cuyo producido el productor puede cancelar otras obligaciones tributarias e incluso aportes a la seguridad social.

* I.V.A Agropecuario. Tributando IRA el productor se ve beneficiado con la devolución del I.V.A. (Impuesto al Valor Agregado) incluido en las adquisiciones de bienes y servicios y gastos afectados a la explotación agropecuaria. La devolución del "I.V.A. agropecuario también puede ser imputada a otros impuestos o a la seguridad social.

* OPCIÓN del productor: si opta por no tributar I.R.A., pierde la exigibilidad tanto sobre el IM.E.B.A. como sobre el I.V.A. agropecuario.

Desventaja de este sistema: requiere una organización contable para su cálculo.

2) IM.E.B.A. (Impuesto a la Enajenación de Bienes Agropecuarios).

Este último grava la venta de la producción agropecuaria cuando ésta pasa del sector primario a los sectores secundario y terciario (Industria y Comercio) con diferentes tasas según los diferentes productos de que se trate.

Tiene la particularidad de poder ser considerado como pago a cuenta de otro impuesto (el I.R.A.).

Posee una tasa principal y dos adicionales: las adicionales son siempre tributos definitivos y por lo tanto no puede, en ningún caso, ser exigida su devolución por parte del productor.

Las tasas adicionales son del 2 0/00 para el MEVIR (Movimiento para la erradicación de la vivienda insalubre rural) y del 4 0/00 para el INIA (Instituto de investigaciones agronómicas).

El ejercicio económico del agro va desde el 1º de julio al 30 de Junio de cada año.

II) Impuestos que gravan la Tenencia de Tierras.

A) Contribución Inmobiliaria

Este impuesto grava la propiedad de la tierra.

B) Impuesto al Patrimonio

Alcanza a la casi totalidad de las explotaciones agropecuarias, salvo establecimientos muy pequeños.

En las S.A., el valor impuesto es el que corresponde a su costo de adquisición, producción o reposición.

Los pasivos deducibles:

* los derivados de la proveeduría de bienes y servicios del establecimiento y de los pasivos financieros bancarios.

* Deudas fiscales no vencidas.

La alícuota es única: 1.5% sobre el patrimonio gravado.

Si el productor tributa por IRA puede hacer, al poseer el crédito fiscal derivado del IM.E.B.A. y del I.V.A. Agropecuario, abona este impuesto con este crédito.

III) Impuestos que gravan las ventas de tierra y de los productos agropecuarios

A) Impuestos a las Transmisiones Patrimoniales

Grava la enajenación de bienes inmuebles, de los derechos de usufructo, uso y habitación, así como las promesas de enajenación de los bienes antes referidos. (la escritura definitiva estará exenta para evitar la doble imposición).

Alcanza a ambos partes contratantes.

B)

Impuesto Municipal a la transacción de semovientes
Grava la venta de semovientes con un 1%. Es recaudado por las intendencias municipales. Impuestos que gravan la venta de tierras y productos agropecuarios.

IV) Aportes a la Seguridad Social.

a) Aportes parte trabajadora:
Las empresas agropecuarias son agentes de retención de los aportes a la seguridad social correspondientes

b) Aportes patronales:
Existe un aporte de carácter patronal para el MEVIR de escasa entidad.

REFORMA TRIBUTARIA

Desde el 1º de Julio de 2008 en Uruguay rige un Nuevo Sistema Tributario.

Significa un nuevo enfoque y trae importantes modificaciones, afectando a algunos rubros de la Economía, en particular por sobre otros. El sector agropecuario es uno de los sectores alcanzados por la Reforma.

Pese al anuncio de simplificación tributaria en general, ya que se eliminan 14 impuestos existentes en nuestro país, se han desatado grandes polémicas en cuanto a los cambios.

Si bien el agro ha tenido importantes problemas de coyuntura interna y externa, tales como precios de los productos, endeudamiento y de la falta de créditos, debemos reconocer que muchos productores han salvado su empresa, o han sobrevivido en gran parte gracias a que el sector ha tenido una baja presión fiscal. Esto les ha permitido r reaccionar rápidamente cuando las condiciones de precios internacionales se revirtieron.

El Estado, pese al afán de mejorar su recaudación, y sabiendo que el sector no tenía posibilidades en las anteriores condiciones . no había presionado en el sector, pues el mismo no lo hubiera resistido.

La rápida recuperación del agro, ha tenido un impacto inmediato en las exportaciones, en la reactivación de la economía toda, dejando en en claro el efecto reactivador del agro en la industria y los servicios, dejando al Estado un saldo ampliamente positivo para los números del Estado pese a algunas exoneraciones Además no hay que perder de vista que actualmente el precio del dólar, que se ha mantenido bajo, ha determinado una notoria pérdida de competitividad.

Es por estos motivos que los especialistas en el tema afirman que gravar al sector, no sería de buena política, valiendo la pena conservar una baja presión tributaria ya que ello contribuye a un efecto de arrastre productivo en toda la economía.

Hay dos grandes cambios.

1) Anteriormente a la reforma, coexistían, como publicáramos, en forma OPCIONAL para el productor, dos formas de tributación a la renta, el IMEBA y el IRA.
A partir de la nueva ley, esta opción será limitada. La misma únicamente existe para los productores de pequeña dimensión, los demás productores tendrán que tributar IRAE.

2) Otro cambio que alcanza al sector es que el resultado por venta de inmuebles rurales, que se encontraba exonerado, pasa a tributar.

Cambios en Aportes a la Seguridad Social.

La equiparación de los aportes a la seguridad social entre los distintos sectores de la economía y la introducción del Impuesto a las Rentas de las Personas Físicas (IRPF) incrementarían el costo de la mano de obra y de los servicios tercerizados.

Cambios en Impuesto al Patrimonio del sector agropecuario se mantiene a condición de que en el caso de sociedades anónimas las acciones sean nominativas. Dicho de otra forma, las sociedades anónimas con acciones al portador van a perder la exoneración del Impuesto al Patrimonio.

Acerca del sector agropecuario, si bien este impuesto no incidiría mayormente en los costos salariales, incrementaría el costo de explotación por la inclusión de los arrendamientos como materia gravada y el aumento de la carga fiscal sobre los servicios tercerizados.

Comentarios finales sobre la reforma tributaria:

Un importante número de productores que actualmente tributan el Impuesto a las Enajenaciones de Bienes Agropecuarios (IMEBA) deberán tributar preceptivamente el Impuesto a las Rentas de las Actividades Agropecuarias (IRAE), con el consecuente aumento de la carga tributaria y de los costos administrativos que implicarían la contratación de asesores contables y fiscales que les permita llevar registros adecuados y planificar correctamente sus inversiones.

Como aspecto positivo, el aumento de los contribuyentes de IRAE ayudará a formalizar la economía, ya que los productores que tributen el IRAE exigirán de sus proveedores la emisión de comprobantes que puedan ser utilizados con fines fiscales.

La equiparación de los aportes a la seguridad social entre los distintos sectores de la economía y la introducción del Impuesto a las Rentas de las Personas Físicas (IRPF) incrementarían el costo de la mano de obra y de los servicios tercerizados.

Por último, la eliminación de la exoneración del Impuesto al Patrimonio (IP) a las explotaciones cuyos titulares sean sociedades anónimas con acciones al portador, y la inclusión de la enajenación y el arrendamiento de tierras como materia gravada por el IRAE o el IRPF, son factores que seguramente detendrán el marcado crecimiento de la inversión que se desarrolla en el sector agropecuario en los últimos años.

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